Derecho de admisión


Este establecimiento se reserva el derecho de admisión

Queda prohibida la entrada y/o permanencia en este establecimiento de toda persona que:

•No esté registrada como cliente, no tenga una reserva confirmada, y/o no haya abonado el precio o suplemento correspondiente.

• Se niegue a identificarse ante los vigilantes de seguridad y/o responsables del hotel.

• Se encuentre o aparente estar en estado de embriaguez, o bajo la influencia de alguna sustancia psicotrópica.

• Porte o consuma cualquier tipo de sustancias psicotrópicas.

• Porte cualquier objeto susceptible de causar daño a personas o cosas.

• Evidencie una clara y manifiesta falta de aseo personal.

• Haya sido expulsada del establecimiento por un comportamiento inadecuado con antelación.

• No respete las normas de comportamiento y regulaciones internas establecidas, como por ejemplo, llevar el torso al descubierto en las zonas comunes del interior del edificio, o no respetar el código mínimo de vestimenta en las instalaciones que lo tengan.

• Provoque o incite cualquier desorden en el establecimiento.

• Tenga un comportamiento incívico que moleste a otros clientes y/o trabajadores del establecimiento, y particularmente, si no respeta el descanso del resto de huéspedes.

• Insulte y/o falte al respeto a cualquier trabajador del establecimiento.

• Destruya mobiliario en zonas comunes o habitaciones, o bien provoque graves desperfectos en cualquier área del establecimiento.

• No cumpla de manera deliberada la política de pagos y límites de crédito del establecimiento, relacionada con cualquiera de los servicios que se ofrecen.

• Consuma bebida o comida del exterior en los puntos de servicio de estos productos, o saque comida o bebida del Buffet para consumirla fuera de esta instalación.

• Haga un mal uso o un uso no autorizado del régimen alimenticio que ha contratado, como por ejemplo, utilizar el servicio de Todo Incluido para invitar a otras personas.

• Venga acompañada de un animal, salvo perros de asistencia, según establece la Ley 2/2020 de 23 de diciembre.

• Fume o consuma productos de tabaco y/o cigarrillos electrónicos dentro de las instalaciones del establecimiento, salvo en las zonas específicamente destinadas y señalizadas para ello.

• En caso de circunstancias excepcionales de alerta sanitaria o de alguna otra índole, si no cumple con las restricciones y/o medidas determinadas y/o obligadas por las autoridades correspondientes.

La Dirección